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Mostrando las entradas de abril, 2017

GLOBALIZACIÓN-Sociedad postindustrial-Redes-Internet (CCS)

La llamada sociedad postindustrial –también conocida como sociedad de la información, sociedad globalizada o sociedad del conocimiento– está profundamente marcada por el impacto de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC). Todo parece indicar que estamos viviendo una época de transformaciones tan profundas como las que marcaron los tiempos de la invención de la imprenta. Por mencionar solo algunas de ellas nos encontramos con: Transformaciones del sistema productivo, que van desde una economía centrada en la producción industrial territorializada como actividad económica principal a una economía con modelos productivos que se apoyan en la tecnología, requieren menos mano de obra, pero más especializada, y se vinculan a una creciente desterritorialización de la economía: bienes y servicios –incluidos los culturales– se producen y comercializan pensando en un mercado global, los procesos productivos se desarrollan simultáneamente en

CCS-5-Cassirer Ernst. Cultura, signo y símbolos

5.1. EL SÍMBOLO La noción de símbolo es el elemento clave de la filosofía de la cultura de Cassirer. En la antropología filosófica distingue entre lo que llama señales y los símbolos [Cassirer 1975: 56 y ss]. Las señales forman parte del mundo físico del ser. Son operadores que hacen referencia a eventos físicos y la relación de la señal con lo señalado es una relación estable. Dentro del mundo animal también tienen cabida este tipo de señales, y el “lenguaje” de los animales superiores es un ejemplo de ello. Los símbolos, por el contrario, forman parte del mundo humano del sentido. Son designadores que tienen únicamente un valor funcional. No son rígidos e inamovibles, sino que gozan de una cierta flexibilidad, aunque no son arbitrarios. Y el significado de cada símbolo es intrínseco a sí mismo y no se debe entender por referencia a otro objeto distinto de sí. Se pueden descubrir dos fuentes del concepto de símbolo: la teoría estética de Vischer y la física y mecánica de

OCCS-DERECHO A RÉPLICA - DEFINICIONES Y EJEMPLOS

DERECHO A RÉPLICA  En nuestro país, el derecho a réplica se encuentra reconocido en el artículo 14.1. de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (incorporada a nuestra Constitución y también conocida como "Pacto de San José de Costa Rica"). Ese artículo dice así: "Toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio a través de medios de difusión legalmente reglamentados y que se dirijan al público en general, tiene derecho a efectuar por el mismo órgano de difusión su rectificación o respuesta en las condiciones que establezca la ley." http://tiempoargentino.com/nota/44718/el-derecho-a-replica-en-nuestra-constitucion Supongamos que un medio publica que Juan Pérez, funcionario público, es un ñoqui del Consejo Deliberante de alguna municipalidad, que nunca trabajó y que designó amigos, parien