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DIA DE LA MEMORIA, LA VERDAD y LA JUSTICIA

24 de marzo- DÍA DE LA MEMORIA LAVERDAD Y LA JUSTICIA

En los últimos tiempos, sectores políticos de derecha intentan exacerbar estos discursos negacionistas sobre el pasado. A la desaparición forzada de personas, la tortura, la existencia de centros clandestinos de detención y el robo sistemático de bebés, oponen otros hechos. Argumentan que el accionar de las organizaciones armadas ha sido silenciado. De este modo, relativizan la gravedad y la veracidad de los crímenes cometidos por la dictadura.


La violencia política que antecedió al golpe vuelve a señalarse como responsable de la violencia ejercida desde el estado. Una falacia interpretativa que ya durante la dictadura fue puesta en cuestión.

Lee la historia esta foto y de estas dos mujeres en 2016 en el siguiente acceso
    

 https://www.perfil.com/noticias/elobservador/madre-e-hija-la-historia-de-la-foto-simbolo-de-una-resistencia-0326-0028.phtml

Los argumentos de hoy, en torno a una supuesta “guerra contra el terrorismo” son los mismos que la dictadura enunció para ocultar los crímenes de lesa humanidad que perpetró contra decenas de miles de ciudadanos a los que secuestró, privó ilegalmente de su libertad, torturó, expulsó al exilio e hizo desaparecer. Durante la dictadura, muchas víctimas y organizaciones denunciaron lo ocurrido, aquí y en el exterior.

El informe de la CIDH publicado en 1980, luego de su visita para recibir denuncias de las víctimas, dio cuenta de la ferocidad de la violencia del estado:

“…la Comisión ha llegado a la conclusión de que, por acción u omisión de las autoridades públicas y sus agentes, en la República Argentina se cometieron durante el período a que se contrae este informe – 1975 a 1979 – numerosas y graves violaciones de fundamentales derechos humanos reconocidos en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.”

Conclusiones Informe CIDH 1980 

Ni bien terminada la dictadura el primer gobierno democrático conformó la CONADEP, una comisión para investigar el destino de los desaparecidos, que produjo el Informe Nunca Más. Allí se confi­rmaba y denunciaba que

“…después de haber recibido varios miles de declaraciones y testimonios, de haber veri­ficado o determinado la existencia de cientos de lugares clandestinos de detención y de acumular más de cincuenta mil páginas documentales, tenemos la certidumbre de que la dictadura militar produjo la más grande tragedia de nuestra historia, y la más salvaje. Y, si bien debemos esperar de la justicia la palabra defi­nitiva, no podemos callar ante lo que hemos oído, leído y registrado; todo lo cual va mucho más allá de lo que pueda considerarse como delictivo para alcanzar la tenebrosa categoría de los crímenes de lesa humanidad.”

Prólogo Nunca Más, 1984

Los testimonios de las víctimas que había recabado el Informe Nunca Más fueron prueba fundamental del juicio a las Juntas Militares que se llevó adelante en 1985. En esa histórica sentencia que condenó a los comandantes el Tribunal señalaba:

“…puede afirmarse que los comandantes establecieron secretamente un modo criminal de lucha contra el terrorismo. Se otorgó a los cuadros inferiores de las fuerzas armadas una gran discrecionalidad para privar de libertad a quienes aparecieran, según la información de inteligencia, como vinculados a la subversión; se dispuso que se los interrogara bajo tormentos y que se los sometiera a regímenes inhumanos de vida, mientras se los mantenía clandestinamente en cautiverio; se concedió, por ­fin, una gran libertad para apreciar el destino ­final de cada víctima, el ingreso al sistema legal (Poder Ejecutivo Nacional o justicia), la libertad o, simplemente, la eliminación física.”

Sentencia Juicio a las Juntas, 1985

Estos delitos constituyeron crímenes contra la humanidad por su escala, gravedad y naturaleza. Por eso el Congreso Nacional fundamentó para sancionar la nulidad de las normas que pretendieron dejarlos impunes en los años 90:

“El Estado argentino se encuentra obligado a sancionar los delitos contra la humanidad. No se trata simplemente, de una facultad del Estado, sino de un obligación cuyo incumplimiento conlleva una grave violación a las obligaciones internacionales asumidas.”


ANULACIÓN DE LEYES DE OBEDIENCIA DEBIDA Y PUNTO ­FINAL, 2003

Es decir, a lo largo de todo este tiempo, organismos independientes de los gobiernos sostuvieron la verdad que hoy pretende socavarse: la última dictadura cívico-militar implementó un plan sistemático de exterminio, en el que se cometieron delitos de lesa humanidad. Las víctimas de la dictadura no tuvieron juicio justo por lo tanto no son legalmente culpables de delito alguno: son inocentes. Considerarlos culpables o delincuentes sería reconocerle legalidad a los procedimientos inhumanos e ilegales a los que la dictadura los sometió.

La Constitución nacional en su artículo 29 plantea que al Ejecutivo no se le podrá conceder “facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o ­firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria”. Es más, en su artículo 36, la actual Constitución nacional reconoce el derecho a resistir contra quienes ejecutaran actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema democrático.

Las organizaciones revolucionarias armadas desplegaron actos de violencia que en un marco democrático debieron ser juzgadas con todas las garantías del estado. Pero no fue lo que sucedió. Según un informe elaborado y publicado por la Junta Militar en el diario La Nación el 8 de mayo de 1980 estos actos contabilizan 492 asesinatos entre 1969 y 1979. (El genocida condenado ex director de investigaciones de la policía Miguel Etchecolatz sube la cifra a 711). Todos ellos fueron miembros de las fuerzas armadas y de seguridad que fueron reconocidos por el estado y sus familiares cobraron las pensiones correspondientes. De ese período, sólo tres años corresponden a gobiernos democráticos. Los siete restantes transcurrieron bajo feroces dictaduras militares, donde quienes cometieron delitos de sedición fueron los que tomaron el poder por la fuerza. Durante estas dictaduras se cometieron gravísimas violaciones a los derechos humanos. Sin dudas la más cruenta fue la última. Sin hacer ponderaciones valorativas, queda claro que ni aun en las cifras puede equipararse una violencia con la otra. La violencia estatal es por su naturaleza –y, al mismo tiempo, por su magnitud- imposible de asimilar a un hecho violento cometido por particulares: frente a éstos está el imperio de la ley, frente a la del estado, sólo la extrema vulnerabilidad de las víctimas.

La última dictadura

El golpe de Estado del 24 de marzo de 1976 fue el último de la larga serie que comenzó en 1930 y signó la historia política de nuestro país (ver línea del tiempo). Ocurrió en un contexto marcado por el ascenso de distintos regímenes dictatoriales en América Latina: en 1976 gran parte de los países del continente estaban gobernados por dictaduras (ver mapa). Este golpe militar tuvo lugar en un contexto político caracterizado por una fuerte movilización política y social, y de gran debilidad del gobierno constitucional de Isabel Perón. La profunda crisis económica -que se tradujo en un aumento impresionante de la inflación, del dólar y de las tasas de interés, caída del salario, fuerte déficit fiscal y recesión, entre otros- agudizó aun más las tensiones en una sociedad que no encontraba formas institucionales para dirimir sus conflictos.



En el seno del pueblo argentino estaba instalada una intensa pugna en torno al proyecto de país que se quería construir. Por un lado, amplios grupos sociales y políticos promovían una transformación radical de la sociedad por la vía revolucionaria, ya sea por medio de la lucha armada como por prácticas no violentas.


Por el otro estaban las fuerzas sociales y políticas que defendían el status quo de una sociedad capitalista que garantizara una distribución desigual de la riqueza en desmedro de los sectores populares.

El golpe de Estado perpetrado por las Fuerzas Armadas impuso un trágico fin a este conflicto. La vida política quedó paralizada: cerraron el Congreso, prohibieron la actividad de los partidos políticos, intervinieron los sindicatos, anularon la libertad de prensa, decretaron el estado de sitio. Los objetivos perseguidos eran imponer el “orden” y “normalizar” la economía.

El terrorismo de Estado

Desde un comando conjunto, las tres Fuerzas Armadas –la Marina, la Fuerza Aérea y el Ejército planificaron y ejecutaron un sistema represivo-clandestino subordinando al resto de las fuerzas de seguridad: la Gendarmería, la Policía Federal y todas las policías provinciales, entre ellas la bonaerense. El objetivo central del plan represivo era la persecución, detención y eliminación de aquellos ciudadanos que participaban activamente en la construcción de un proyecto de país radicalmente diferente y de aquellos que se oponían al régimen.
Este plan represivo, planificado y ejecutado por el gobierno militar, se denomina terrorismo de Estado porque hizo uso de los recursos estatales y del poder que otorga su ejercicio.

Pusieron todo el aparato del Estado al servicio de este régimen e incluso en las escuelas se desplegó la persecución a los posibles enemigos políticos. El Poder Judicial –con excepciones particulares– fue cómplice y silenció los crímenes. Aunque tiene antecedentes en otros momentos de la historia del país, la masividad e intensidad del accionar violento desplegado a partir de 1976 no puede ser comparado con otros episodios.

Secuestros y desapariciones forzadas de personas, asesinatos, encarcelamientos, tortura, exilio y censura fueron sus instrumentos directos de coerción. Los operativos eran clandestinos, estaban a cargo de grupos de tareas que se componían de agentes sin uniforme y circulaban en autos civiles. Los secuestrados eran llevados a los centros clandestinos de detención, lugares donde se los sometía a interrogatorio bajo las torturas más crueles y condiciones de vida infrahumanas. Luego de un tiempo de detención se decidía el destino final de las víctimas: la liberación, la cárcel o la muerte. Las víctimas eran fusiladas, enterradas en tumbas NN en los cementerios de la zona o arrojadas desde aviones al mar, vivas y anestesiadas para que no opusieran resistencia.
En miles de casos, ante la falta de aparición del cuerpo y el desconocimiento de sus familiares de lo sucedido, la desaparición –que comenzó en el mismo momento del secuestro- se perpetúa en el tiempo hasta nuestros días.

Los organismos de derechos humanos estiman el número de desaparecidos en 30.000. El miedo, el disciplinamiento, el silencio, el vaciamiento y la inmovilidad política, sindical, social y cultural fueron sus efectos principales.

La lucha contra la dictadura y la impunidad

Los organismos de derechos humanos –muchos de los cuales nacieron como resultado del accionar de los familiares de las víctimas- junto con el movimiento obrero lideraron la oposición al régimen. En el exterior, los exiliados hicieron una fuerte campaña internacional denunciando ante el mundo entero las violaciones a los derechos humanos que se cometían en la Argentina.

Hacia 1982 las fuertes tensiones internas dentro del cuerpo militar, la crisis económica -que se expresaba en aumento de la inflación y de la recesión- debilitaron al régimen.

La oposición política crecía y comenzaba a movilizarse masivamente. El 30 de marzo de 1982 el movimiento obrero realizó una histórica movilización a nivel nacional bajo la consigna «Paz, Pan y Trabajo». En este contexto, el entonces presidente Galtieri resolvió tomar las Islas Malvinas y declarar la guerra a Gran Bretaña. El resultado fue nuevamente trágico. La derrota dejó un saldo de más de 600 muertos y terminó con las expectativas del régimen militar de perpetuarse en el poder. En ese marco, la acción colectiva de resistencia del movimiento de derechos humanos tuvo gran incidencia en la transición democrática iniciada en 1983: su expresión más directa fue el Informe de la CONADEP y el Juicio a las Juntas Militares, en 1985. Allí se comprobó que las denuncias realizadas por los organismos de DDHH por las acciones represivas de la dictadura eran reales, y se pudo reconstruir la naturaleza y práctica del terrorismo de Estado. Si bien el desarrollo de estos procesos judiciales fue reconocido y se constituyó en una referencia en la lucha por memoria, verdad y justicia, prontamente encontró sus límites: entre 1986 y 1987, la sanción de las leyes de Obediencia debida y Punto Final puso fin a las investigaciones judiciales contra los represores.

Durante casi 17 años, la lucha del movimiento de derechos humanos mantuvo vigente el reclamo de justicia. Recién en 2003 esa demanda se tradujo en la anulación de ambas leyes por parte del Congreso y permitió reabrir los juicios por crímenes de lesa humanidad. Desde el año 2006 ha habido 269 sentencias contra los genocidas. Se abrieron 633 causas en las que se imputaron 3.551 personas (ver grá­co 5). Más de 1050 represores fueron condenados por los delitos de privación ilegal de la libertad, tormentos y torturas, homicidios, desapariciones y apropiación de bebes y niños en el marco de un plan genocida. Al mismo tiempo, se desclasicaron acervos documentales de las fuerzas armadas. Se avanzaron con las políticas reparatorias a las víctimas del terrorismo de estado. Se extendieron por todo el país los espacios para la memoria en los lugares que fueron utilizados para la represión.

Este proceso aún no se ha cerrado y debe profundizarse. En los últimos años, el Poder Judicial tomó decisiones regresivas como el otorgamiento de prisiones domiciliarias a genocidas condenados y la resolución de la Corte Suprema -conocida como el 2×1- que habilita la posibilidad de reducirles el tiempo de reclusión. A su vez, la demora permanente de los tribunales para fijar audiencias de debate y la ausencia de recursos para agilizar las causas son condiciones que obstaculizan el proceso de justicia. A diciembre de 2021 se encontraban detenidos 785, pero el 75% con arresto domiciliario. Aún así, el proceso de justicia por crímenes contra la humanidad en nuestro país sigue siendo un hecho único en el mundo.


 ¿Qué pasó el 24 de marzo?

El 24 de marzo de 1976 se produjo en la Argentina un golpe de Estado que dio inicio a la última dictadura militar. El Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia conmemora a las víctimas de dicha dictadura, autodenominada por los propios responsables como «Proceso de Reorganización Nacional», que usurpó el gobierno del Estado nacional argentino entre esa fecha y el 10 de diciembre de 1983.

El 24 de marzo se propone como un día de reflexión y análisis para que toda la población comprenda las graves consecuencias sociales, políticas y económicas de la última dictadura militar. También para que todos y todas asumamos el compromiso en la defensa y vigencia de los derechos y las garantías establecidos por la Constitución nacional, y el fortalecimiento del régimen político democrático.

Para repasar lo sucedido en esos años, el 24 de marzo de 1976 las Fuerzas Armadas realizaron en la Argentina un golpe de Estado que derrocó al gobierno constitucional de María Estela Martínez de Perón. Nuestro sistema de gobierno, basado en la Constitución nacional y en la división de poderes ―ejecutivo, legislativo y judicial―, fue arrasado. Desde ese día la dictadura disolvió el Congreso, impidió el funcionamiento de los partidos políticos, prohibió la actividad sindical, anuló la expresión de libertad y suspendió las garantías constitucionales de todos los ciudadanos y las ciudadanas.

Madrugada del 24 de marzo de 1976. Plaza de Mayo. Buenos Aires. Archivo Memoria Abierta. Héctor Osvaldo Vázquez

Desde 1976 hasta 1983, el Estado argentino en manos de una junta militar de gobierno instaló en todo el país un aparato represivo para llevar adelante la persecución y eliminación de todo adversario político, que culminó con la desaparición sistemática y forzada de miles de personas. Para ello, se utilizó la fuerza pública estatal de manera ilegal, y se instalaron más 500 centros clandestinos de detención ―muchos de los cuales funcionaban en instituciones públicas, como comisarías, escuelas y hospitales―, ubicados en zonas urbanas.

Esta no era la primera dictadura que atravesaba la Argentina, pero sí la única que se caracterizó con la expresión «terrorismo de Estado». Esto se debe a algunas características singulares que la distinguen de las anteriores: la desaparición forzada y sistemática de personas, la instalación y el funcionamiento de los centros clandestinos de detención en todo el país, la apropiación sistemática de menores, los delitos sexuales, la censura y las prohibiciones en el ámbito cultural, el ejercicio del terror como forma de disciplinamiento de toda la sociedad. Entre 1976 y 1983 hubo 30.000 personas detenidas desaparecidas. Ciudadanos y ciudadanas que resultaron víctimas de la represión cuyos cuerpos nunca fueron entregados a sus familiares. La dictadura pretendió borrar el nombre y la historia de sus víctimas, privando a sus familiares y también a toda la comunidad de la posibilidad de hacer un duelo frente a la pérdida. Las consecuencias de todo lo vivido durante esos años continúan en el presente. El proceso de justicia sobre estos crímenes se constituyó en una de las vías posibles para reconstruir esa historia, acercarse a la verdad y sentar las bases de la democracia duradera.

¿qué pasó con el proceso de justicia?

La última dictadura cívico-militar argentina, iniciada en 1976, no fue la única que vulneró derechos de los ciudadanos y las ciudadanas, tampoco fue la única dictadura de nuestra historia. No obstante, tuvo algunos rasgos distintivos que la constituyen en una experiencia límite, un punto de inflexión que moviliza reflexiones profundas en la sociedad y preguntas por aquello que es esencial para la vida en común, para no volver a repetir ese pasado. Se distingue de otras dictaduras por haber llevado a cabo un plan sistemático de desaparición de personas ―lo que dio origen al término tristemente argentino desaparecidos― y un plan sistemático de apropiación de niños y niñas, en el marco del terrorismo de Estado. Además, intentó borrar toda huella de los crímenes cometidos mediante la clandestinidad de la represión y la práctica de la desaparición de personas, e intentó garantizar la impunidad mediante leyes dictadas por los propios represores.

Como contracara, gran parte de la sociedad, y en especial los organismos de derechos humanos conformados, en su mayoría, por familiares de las víctimas, exigieron verdad y justicia desde que comenzaron a organizarse, aún en tiempos de dictadura. Con la apertura democrática fortalecieron estas demandas y desde ese momento se transita el camino de la justicia por los crímenes de lesa humanidad cometidos durante este período, acompañada por los trabajos de memoria que motorizan distintos actores sociales y el propio Estado.

El 24 de marzo tiene una carga muy particular en la memoria colectiva de nuestro pueblo. Esta fecha condensa un experiencia límite de nuestra historia reciente: el terrorismo de Estado, y a la vez funciona como un día emblemático para reflexionar acerca de la vida en sociedad, la democracia y la vigencia irrenunciable de los derechos humanos. 

La vida en nuestro país, la propia concepción sobre lo que es el ser humano, no ha sido igual después de ese 24 de marzo. La políticas reparatorias sobre sus consecuencias, la lucha de diversos sectores sociales y el amplio consenso creado en torno a la memoria, la verdad y la justicia son los elementos centrales que nos permiten llenar de significados vitales a nuestra democracia, conquistada en el plano institucional en 1983.

Memoria, verdad y justicia son banderas de lucha, pero también procesos que se retroalimentan. Es importante recordar siempre lo sucedido en esos años y a sus víctimas, para que estos hechos no se repitan, como lo es también conocer la verdad, esa verdad negada por los propios responsables de los mayores crímenes cometidos en nuestro pasado reciente, para poder transmitir y enseñar a los y las más jóvenes. Pero también resulta imprescindible juzgar y condenar dichos crímenes para que nuestro pueblo pueda procesar el daño sufrido. Los procesos de memoria, verdad y justicia tienen un sentido reparatorio para las víctimas, pero también para el conjunto de la sociedad ya que propician la construcción de consensos básicos para la vida en democracia, y promueven sobre esta base la reconstrucción de los lazos sociales. Como señala Hannah Arendt en La vida del espíritu, el juicio sobre el pasado se realiza en función del presente y del futuro. Los juicios de esta naturaleza son una de las formas de representación del pasado que posibilita evaluarlo críticamente y dan lugar a procesos de elaboración social de las experiencias límite.

Esta afirmación como fundamento ético es fruto de un camino de muchos años de lucha, organización y construcción colectiva. El proceso de justicia tiene su propia historia en nuestra joven democracia y aún se sigue escribiendo. Una historia de avances y retrocesos, de períodos de impunidad y otros de juzgamiento efectivo, de «olvidos» y de políticas estatales reparatorias, de luchas, de resistencias, de levantamientos militares, de plazas llenas, de escraches, de juzgados colmados a la espera de la condena a los represores, de impotencia y dolor, pero también de alivio y orgullo nacional. Se trata de un largo proceso en que la sociedad sigue intentando resolver qué hacer con la enorme carga de su pasado.

Cronología del proceso de justicia

  • 1983: Ley de Pacificación Nacional (Autoamnistía), derogada luego por Raúl Alfonsín.
  • 1983/1984: creación de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep), investigación y presentación del Informe Nunca Más.
  • 1985: Juicio a las Juntas Militares (Causa 13).
  • 1986: juicio a Camps y Etchecolatz (había otras causas abiertas, esta es la única que tuvo sentencia, el resto se benefició con las leyes de impunidad).
  • 1986/1987: leyes de punto final y obediencia debida.
  • 1990: indultos a militares y cúpulas de organizaciones políticas.
  • 1996: inicio de la causa denominada «Plan sistemático» por el robo de bebés durante la dictadura, impulsada por Abuelas de Plaza de Mayo.
  • 1998 (hasta 2007/2008, según los casos): se inician en La Plata los Juicios por la Verdad. Siguen luego en Mar del Plata y Bahía Blanca.
  • 2003: derogación de leyes de obediencia debida y punto final.
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  • 2005: la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró en la Argentina la inconstitucionalidad de las leyes de punto final y obediencia debida.
  • 2005/2007: reinicio y sustanciación de los juicios a represores. En 2007, once años después de su inicio, la causa iniciada por Abuelas de Plaza de Mayo en 1996 fue elevada a juicio oral y público.
  • 2017: fallo de la Corte Suprema de Justicia que benefició a represores con la ley del dos por uno, movilización popular en rechazo de la medida y sanción del Congreso de normativa que derogó el beneficio para quienes cometieron crímenes de lesa humanidad.

 

LA VISIBILIZACIÓN DE LOS DELITOS SEXUALES COMETIDOS DURANTE EL TERRORISMO DE ESTADO

La reapertura de los juicios por crímenes cometidos durante la última dictadura militar argentina (1976-1983) ha permitido empezar a visibilizar las distintas formas de violencia sexual ejercidas especialmente contra las mujeres detenidas durante la última dictadura militar. Sin embargo, como señala la investigadora Victoria Álvarez, si bien estas formas de violencia se incorporaron recientemente al debate judicial, las denuncias por violencia sexual formaron parte de los relevamientos de la Conadep y pudieron escucharse durante el Juicio a las Juntas Militares llevado a cabo por el Estado argentino en 1985.

Miriam Lewin, periodista y testimoniante durante el Juicio a las Juntas, sostiene que, en dicho juicio, en relación con lo sufrido por las víctimas en los centros clandestinos de detención, no fueron escuchados los delitos sexuales:

«Claramente aquello que nosotras las mujeres sufrimos por ser mujeres, los manoseos, los vejámenes, las violaciones, todo aquello que padecimos por nuestra condición de mujeres, lo teníamos naturalizado. Pensábamos que era lo que nos tocaba por ser mujeres. De manera que me lo callé, y no solamente en el Juicio a las Juntas, me lo callé en muchos otros procesos en los que declaré».

Hasta el año 2010, la violación y otros abusos sexuales graves de cautivas eran una forma especialmente grave de tortura, pero no estaban visibilizados como tales por la justicia. Luego de la publicación del Nunca más y del Juicio a las Juntas, es posible visualizar la conformación y consolidación de una memoria sobre la violencia política y las desapariciones en la Argentina vinculado a la labor de la Conadep. Este nuevo régimen de memoria —conflictivo y cambiante— se centró en la denuncia de la desaparición de personas y relegó a un segundo plano los relatos sobre otras formas de violencia, como la violencia sexual. Durante el Juicio a las Juntas, la fiscalía acusó a los procesados de secuestro, tortura, robo, homicidio, allanamiento ilegal y falsedad documental. No fueron acusados por violencia sexual. El objetivo primordial consistía en probar la existencia de un plan criminal organizado por las Fuerzas Armadas, de cuya ejecución eran responsables mediatos los miembros de las tres Juntas. La visión de la fiscalía entendía a los acusados como corresponsables de los delitos cometidos por sus subordinados, pero la violencia sexual no fue considerada más que subsumida dentro de la categoría de «tormentos».

En el Juicio a las Juntas los testimonios sobre la violencia sexual fueron escasos. Pero esa escasez, según plantea Álvarez, tuvo más que ver con una dificultad para la escucha que con una inexistencia de testimonios. Durante el juicio no solamente se escucharon los testimonios directos de personas que habían sufrido violencia sexual durante su secuestro (tanto adentro como afuera del centro clandestino de detención). También hubo testimonios de compañeros/as de cautiverio sobre personas que habían sido asesinadas o que se encontraban desaparecidas. En algunas ocasiones, los jueces del tribunal daban lugar al desarrollo de los testimonios; en otras, por el contrario, interrumpían o cambiaban de tema, demostrando una considerable imposibilidad de abordar las denuncias de violencia sexual. De todas formas, aunque la cuestión no fuera directamente preguntada por el tribunal o la fiscalía o explicitada por las/os testimoniantes, la violencia sexual ya era parte del sentido común acerca de lo que ocurría en los centros clandestinos.

La pregunta de fondo es entonces: ¿por qué la violación, que era un delito tipificado en el Código Penal, no fue considerada de importancia? A fin de cuentas, entre los delitos que se encuentran en la acusación se incluían delitos como el robo, que palidece en relación con la magnitud del delito de desaparición sistemática de personas. En términos generales, esto revela el carácter sexista de gran parte de las prácticas judiciales ―al menos en este entonces― y el tratamiento discriminatorio en términos de género que el sistema reproduce y que se ve fundamentalmente en las investigaciones de delitos cuyas víctimas son fundamentalmente mujeres.

Esta situación empieza a revisarse con la reapertura del proceso de justicia, sobre todo con posterioridad a las recomendaciones efectuadas en 2010 por el Comité de Derechos Humanos y por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (en inglés, CEDAW), y a la relevancia que toma la perspectiva de género en materia judicial, lo que permitió adecuar, sobre todo, la forma de construcción de los testimonios de las víctimas. Dicha perspectiva permite analizar el impacto diferencial de una práctica, proceso o institución sobre varones y mujeres y la forma en que se legitiman, refuerzan o revierten las relaciones jerárquicas entre ellos.

Las modificaciones en la legislación penal en relación con los delitos actualmente calificados como «delitos contra la integridad sexual», las extensas producciones en el campo académico, artístico y político de los movimientos de mujeres, los cambios en la legislación internacional en relación con las violaciones a los derechos humanos de las mujeres han sido, sin duda, condición lógica de la posibilidad de que aquellos testimonios de las sobrevivientes que fueron dichos en diferentes ámbitos hace ya décadas puedan hoy ser comprendidos de otro modo y sea posible incluir la persecución de esos crímenes en el proceso de justicia.

Los numerosos casos judiciales, en el marco del nuevo proceso de justicia que se desarrolla en todo el país, ha producido información valiosa que demuestra que la violencia de género se ha ejercido en forma tan sistemática como el resto de los delitos que son investigados. De todos modos, a pesar de los cambios legislativos que intentaron modificar la concepción que prima al respecto, los delitos contra la integridad sexual son considerados por los operadores judiciales, en general, como delitos de menor entidad. Resulta extremadamente importante para las víctimas que han decidido exponer estos hechos que los responsables sean castigados particularmente por las violaciones sexuales padecidas. Los delitos contra la integridad sexual generan un daño tan profundo que aún pasados muchísimos años siguen impactando en la subjetividad de quienes los sufrieron, como surge del discurso de las propias víctimas.

La historia del proceso de verdad y justicia indica que los juicios por crímenes de lesa humanidad siempre enfrentaron obstáculos y que los fueron superando. En la Argentina el avance de estos procesos ha sido pertinaz y paciente y, así, inexorable, gracias a la suma de voluntades mayoritarias y a un irrenunciable trabajo pedagógico. El enfrentamiento constante de desafíos que parecen imposibles de superar ayuda a transitar el proceso y consolida los avances del movimiento de derechos humanos, fortalecidos por la concreción de políticas estatales en este ámbito. La historia de los juicios por los hechos ocurridos en el marco del terrorismo de Estado no está sellada; se escribe todos los días.


 

 

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